Cd. Victoria, Tam.-
En el Periódico Oficial del Estado (POE) se publicó un decreto expedido por el Congreso de la Unión que prohíbe y castiga, hasta con 40 años de prisión, el uso indebido de drones.
Las reformas al Código Penal Federal y la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos buscan frenar el uso de ese tipo de aeronaves por parte de la delincuencia, sobre todo de los cárteles del crimen organizado.
Los aparatos, manejados a distancia, se han estado utilizando por los grupos criminales para vigilar o atacar tanto a las fuerzas de seguridad como a los grupos rivales, e incluso a la población civil.
De acuerdo al decreto, las penas por ese delito serán las siguientes:
De 15 a 40 años de prisión y multa de 400 (43,428 pesos) a mil 200 (130 mil 284 pesos) veces el valor diario de la UMA (108.57 pesos): Para quien utilice drones para cometer conductas indebidas, como arrojar objetos o artefactos explosivos, sustancias químicas o impactar a personas o propiedades con el fin de causar daño.
De 10 a 20 años de prisión: Para quien, mediante el uso de drones, cause daño a una persona o bien de las fuerzas armadas o de seguridad pública. Esta pena puede aumentar hasta en una mitad si el daño es grave.
De 5 a 10 años de prisión: Para quien importe, manufacture, arme, adquiera o adapte drones para el transporte de artefactos explosivos, armas, narcóticos o drogas sintéticas.
De 3 a 20 años de prisión: Para quien, mediante violencia, amenazas o engaños, se apodere o tome el control de una plataforma física, instalaciones o servicios de navegación aérea o marítima o de aeropuertos que presenten servicios de aviación civil.
Sanciones para la vigilancia ilegal: También se sanciona a quien utilice drones equipados con dispositivos para fotografiar o realizar grabaciones de audio o video, con el fin de vigilar actividades de personas servidoras públicas para conocer o reportar su ubicación. (Con información de Rogelio Rodríguez Mendoza / El Diario Mx)